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Art 17
Ley de copropiedad 21.442 Pruebas de infracción
Art 17 Pruebas de infracción
Descripción: Pruebas de infracción
Las imágenes son medios de prueba válidos
El comité puede usar fotografías o videos para acreditar una infracción
Siempre que se respete la ley de protección de datos personales (Ley 19.628).
Art 17 – Desarrollo(descripcion)
Las cámaras de seguridad del condominio son instrumentos lícitos de fiscalización
Las imágenes captadas en espacios comunes son válidas como prueba
No se requieren cámaras certificadas ni notario presente
El valor probatorio lo determinará el tribunal en caso de impugnación.
Art 17 – Ejemplo(ejemplo practico)
Cámara de seguridad del pasillo graba a un vecino cuyo perro orina en la alfombra común
El administrador extrae el video
El comité aplica multa basada en la imagen
El vecino impugna, pero el tribunal acepta el video como prueba válida.
Art 17 – Clave (preguntas y respuesta)
¿Son válidas las imágenes de las cámaras del condominio? Sí, como medio de prueba
¿Necesitan estar certificadas por notario? No, pero ayuda en caso de impugnación
¿Puedo grabar dentro de una unidad? No, viola la privacidad
¿Qué ley regula el uso de imágenes? Ley 19.628 de protección de datos personales.
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