El administrador debe contratar los servicios necesarios para el cuidado de bienes comunes
Previo acuerdo del comité cuando corresponda
Buscando siempre la mejor relación precio-calidad.
Art 20 – Desarrollo(descripcion)
El administrador tiene la función de contratar servicios como mantención de ascensores, gas, electricidad, aseo, seguridad y jardinería. La ley exige que el administrador actúe con la debida diligencia, recabando cotizaciones, verificando antecedentes de los proveedores y asegurando que cumplan con las autorizaciones legales exigidas. Para gastos mayores, se requiere autorización del comité o de la asamblea según el monto y la naturaleza del gasto.
Art 20 – Ejemplo(ejemplo practico)
Condominio necesita contratar mantención de ascensores
Administrador solicita cotizaciones a tres empresas certificadas por el MINVU
Compara precios, coberturas y referencias
Presenta las opciones al comité
El comité autoriza la mejor oferta.
Art 20 – Clave (preguntas y respuesta)
¿Quién elige al proveedor? El administrador con aprobación del comité
¿Se necesita asamblea para contratar? Depende del monto y si es gasto extraordinario
¿Qué pasa si el administrador contrata sin autorización? Puede ser sancionado y no pagarse el servicio.